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Respuestas por: Asociación DAMERO AZUL |
Soy policía local en Navarra y no localizo una Instrucción de la Fiscalía de tráfico de la comunidad, en la que se establecía en los delitos contra la seguridad vial, como tasa aplicable para la comisión de delito tras aplicar el margen de error de etilometro de más de un año que hubiera sufrido reparación la cuantía de 0,66 en adelante (0,66 inclusive) ¿Podrían localizar dicha Instrucción, ya que entre los diversos municipios hay disparidad de criterios en la aplicación de la tasa?. Unos más de 0.64, otros aplican 0.65 en adelante…..
Muchas gracias
En contestación a la consulta planteada indicarle que en el siguiente enlace encontrarás respuesta a la duda planteada, ya que se hace referencia a la normativa Estatal referente a los márgenes de error, siendo ésta:
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1.- Conclusiones de las jornadas de Fiscales Delegados de Seguridad Vial celebradas los días 17 y 18 de Enero de 2008. Documentación a incluir en los Atestados, Alcoholemias. 2.- ORDEN ITC/3707/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado. 3.- Instrucción 3/2006, sobre criterios de actuación del ministerio fiscal para una efectiva persecución de los ilícitos penales relacionados con la circulación de vehículos a motor. |
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http://www.dameroazul.com/respuesta_29_08_10.htm | ||