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Respuestas por: Asociación DAMERO AZUL |
PREGUNTA:
Soy policía local y he permutado con otro compañero. el nivel de complemento de destino que tenía anteriormente es superior al actual, el cual lo he tenido durante más de dos años; mi consulta es si tengo legalmente derecho a exigirlo y si es así en base a que legislación. |
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Gracias |
Respuesta
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
TÍTULO IV
CARRERA PROFESIONAL
Artículo 70: Grado personal
2. Todos los funcionarios de carrera adquirirán un grado personal por el desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con interrupción, con excepción de lo dispuesto en el apartado 6 de este artículo, cualquiera que fuera el sistema de provisión.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los funcionarios que obtengan un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal, consolidarán cada dos años de servicios continuados el grado superior en dos niveles al que poseyesen, sin que en ningún caso puedan superar el correspondiente al del puesto desempeñado, ni el intervalo de niveles correspondiente a su Cuerpo o Escala.
Por lo que en base a lo anteriormente expuesto, si ejerces 2 años como funcionario de carrera en otra administración pública, el complemento de destino estaría consolidado.
Así mismo no hay que confundir entre grupo y el complemento de destino, si bien es cierto que si obtienes una plaza cuyo grupo es el C1 de agente de Policía Local y vienes por ejemplo de un grupo A , tendrán que catalogarle dentro del grupo C1, pero no es menos cierto que tendrán que respetarte mi grado personal consolidado del complemento de destino.
El grado personal la propia palabra lo dice «personal», y allá donde vayas lo tendrán que respetar, ya sea por movilidad o turno libre.