ESQUEMA DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL


ADMINISTRACIÓN CENTRAL


ADMINISTRACION CENTRAL Órganos, características y funciones.

Introducción

Aunque Consejo de Ministros y Gobierno no es lo mismo, hablamos de Gobierno cuando realiza funciones de carácter político y hablamos de Consejo de Ministros cuando realiza funciones administrativas.

Características

Órgano Superior de la admón. Pública.

 

Órgano Colegiado ya que está compuesto por el Presidente del Gobierno,


Vicepresidentes y Ministros.

Órgano Deliberante las decisiones que adopta son previamente debatidas.

 

Órgano Consultivo ya que informa a los altos organismos del Estado de los acuerdos que adopta.

 

Órgano fundamentalmente Decisorio ya que decide en base a los acuerdos adoptados.


Funcionamiento

La convocatoria del Consejo de Ministros corresponde al Presidente del gobierno, se levantará un acta y su convocatoria tiene bajo el orden del día correspondiente.


Las reuniones pueden ser:

Deliberantes: no se adoptan acuerdos

 

Ejecutivas: se adoptan acuerdos

Órganos De apoyo

Ministerio de la Presidencia

 

Comisión General de Subsecretario; estudia y prepara los asuntos que van a ser sometidos a deliberación por el Consejo de Ministros, esta comisión está presidida por el Vicepresidente primero del Gobierno.

 

El Consejo de Estado; que es el supremo órgano consultivo del Gobierno.


Carácter normativo

Acordar la redacción de los proyectos de Ley, su remisión a las Cortes y su retirada de ellas.

 

Proponer al Jefe de Gobierno (Rey) la expedición de Reales Decretos y Reales Decretos Legislativos.

 

Proponer la aprobación de los reglamentos ejecutivos (que desarrolla una ley anterior) previo dictamen del Consejo de Estado.

 

Carácter Administrativo

 

Aprobar las directrices que han de presidir las tareas encomendadas a cada uno de los Dptos. Ministeriales.

 

Elaborar los ptos. Generales de Estado y rendición de la cuenta General del Estado.

 

Deliberar previamente a ser sometidos al jefe de Estado las propuestas de nombramiento y separación de altos cargos de la admón. Pública (civil y militar)

 

Fijar el límite de la circulación fiduciaria y otras medidas económicas de importancia

 

Acordar determinados gastos y contratos.

 

Autorizar transacciones sobre los derechos de la Hacienda Pública previo dictamen del Consejo de Estado

 

Establecer y suprimir las comisiones delegadas del Gobierno

 

Resolver asuntos en que algún Ministros no esta de acuerdo en el parecer del Consejo de Estado.

 

Adoptar las medidas de importancia que aconseje la situación económica del País.


Carácter Jurisdiccional

Resolver los recursos que con arreglo a la ley se interpongan ante el Consejo de Ministros