Los códigos se establecerán del siguiente modo:
Códigos 01 a 99: códigos comunitarios armonizados
CONDUCTOR (Causas médicas)
01. Corrección y protección de la visión
01.01 Gafas
01.02 Lente o lentes de contacto
01.03 Cristal de protección
01.04 Lente opaca
01.05 Recubrimiento del ojo
01.06 Gafas o lentes de contacto
30.12.2006 L 403/30 Diario Oficial de la Unión Europea ES
02. Prótesis auditiva/ayuda a la comunicación
02.01 Prótesis auditiva de un oído
02.02 Prótesis auditiva de los dos oídos
03. Prótesis/órtesis del aparato locomotor
03.01 Prótesis/órtesis de los miembros superiores
03.02 Prótesis/órtesis de los miembros inferiores
05. Limitaciones (subcódigo obligatorio, conducción con restricciones por causas médicas)
05.01 Limitación a conducción diurna (por ejemplo, desde una hora después del amanecer hasta una hora antes del anochecer)
05.02 Limitación de conducción en el radio de…km del lugar de residencia del titular, o dentro de la ciudad o región
05.03 Conducción sin pasajeros
05.04 Conducción con una limitación de velocidad de…km/h
05.05 Conducción autorizada únicamente en presencia del titular de un permiso de conducción
05.06 Sin remolque
05.07 Conducción no permitida en autopista
05.08 Exclusión del alcohol
ADAPTACIONES DE LOS VEHÍCULOS
10. Transmisión adaptada
10.01 Transmisión manual
10.02 Transmisión automática
10.03 Transmisión accionada electrónicamente
10.04 Palanca de cambios adaptada
10.05 Sin caja de cambios secundaria
15. Embrague adaptado
15.01 Pedal de embrague adaptado
15.02 Embrague manual
15.03 Embrague automático
15.04 Separación delante del pedal de embrague/pedal abatible/extraíble
20. Mecanismos de frenado adaptados
20.01 Pedal de freno adaptado
20.02 Pedal de freno agrandado
20.03 Pedal de freno accionado por el pie izquierdo
20.04 Pedal de freno que encaja en la suela del calzado
20.05 Pedal de freno con inclinación
20.06 Freno de servicio manual (adaptado)
20.07 Utilización máxima del freno de servicio reforzado
20.08 Utilización máxima del freno de emergencia integrado en el freno de servicio
20.09 Freno de estacionamiento adaptado
20.10 Freno de estacionamiento accionado eléctricamente
20.11 Freno de estacionamiento (adaptado) accionado por el pie
20.12 Separación delante del pedal de freno/pedal abatible/extraíble
20.13 Freno accionado por la rodilla
20.14 Freno de servicio accionado eléctricamente
30.12.2006 L 403/31 Diario Oficial de la Unión Europea ES
25. Mecanismos de aceleración adaptados
25.01 Pedal de acelerador adaptado
25.02 Pedal de acelerador que encaja en la suela del calzado
25.03 Pedal de acelerador con inclinación
25.04 Acelerador manual
25.05 Acelerador de rodilla
25.06 Servoacelerador (electrónico, neumático, etc.)
25.07 Pedal de acelerador a la izquierda del pedal de freno
25.08 Pedal de acelerador a la izquierda
25.09 Separación delante del pedal del acelerador/pedal abatible/extraíble
30. Mecanismos combinados de frenado y de aceleración adaptados
30.01 Pedales paralelos
30.02 Pedales al mismo nivel (o casi)
30.03 Acelerador y freno deslizantes
30.04 Acelerador y freno deslizantes y con órtesis
30.05 Pedales de acelerador y freno abatibles/extraíbles
30.06 Piso elevado
30.07 Separación al lado del pedal de freno
30.08 Separación para prótesis al lado del pedal de freno
30.09 Separación delante de los pedales de acelerador y freno
30.10 Soporte para el talón/para la pierna
30.11 Acelerador y freno accionados eléctricamente
35. Dispositivos de mandos adaptados (Interruptores de los faros, lava/limpiaparabrisas, claxon, intermitentes, etc.)
35.01 Dispositivos de mando accionables sin alterar la conducción ni el control
35.02 Dispositivos de mando accionables sin descuidar el volante ni los accesorios (de pomo, de horquilla, etc.)
35.03 Dispositivos de mando accionables sin descuidar el volante ni los accesorios (de pomo, de horquilla, etc.) con la mano izquierda
35.04 Dispositivos de mando accionables sin descuidar el volante ni los accesorios (de pomo, de horquilla, etc.) con la mano derecha
35.05 Dispositivos de mando accionables sin descuidar el volante ni los accesorios (de pomo, de horquilla, etc.) ni los mecanismos combinados de aceleración y frenado
40. Dirección adaptada
40.01 Dirección asistida convencional
40.02 Dirección asistida reforzada
40.03 Dirección con sistema auxiliar
40.04 Columna de dirección alargada
40.05 Volante ajustado (volante de sección más grande o más gruesa, volante de diámetro reducido, etc.)
40.06 Volante con inclinación
40.07 Volante vertical
40.08 Volante horizontal
40.09 Conducción accionada con el pie
40.10 Dirección alternativa ajustada (accionada por palanca, etc.)
40.11 Pomo en el volante
40.12 Volante con órtesis de la mano
40.13 Con órtesis tenodese
30.12.2006 L 403/32 Diario Oficial de la Unión Europea ES
42. Retrovisor(es) adaptado(s)
42.01 Retrovisor lateral exterior (izquierdo o) derecho
42.02 Retrovisor exterior implantado en la aleta
42.03 Retrovisor interior suplementario para controlar el tráfico
42.04 Retrovisor interior panorámico
42.05 Retrovisor para evitar el punto ciego
42.06 Retrovisor(es) exterior(es) accionables eléctricamente
43. Asiento del conductor adaptado
43.01 Asiento del conductor a una altura adecuada para la visión y a una distancia normal del volante y el pedal
43.02 Asiento del conductor ajustado a la forma del cuerpo
43.03 Asiento del conductor con soporte lateral para mejorar la estabilidad en posición sentado
43.04 Asiento del conductor con reposabrazos
43.05 Asiento del conductor deslizante con gran recorrido
43.06 Cinturones de seguridad adaptados
43.07 Cinturón de sujeción en cuatro puntos
44. Adaptaciones de la motocicleta (subcódigo obligatorio)
44.01 Freno de mando único
44.02 Freno (ajustado) accionado con la mano (rueda delantera)
44.03 Freno (ajustado) accionado con el pie (rueda trasera)
44.04 Manilla de aceleración (ajustada)
44.05 Transmisión y embrague manuales (ajustados)
44.06 Retrovisor(es) ajustado(s)
44.07 Mandos (ajustados) (intermitentes, luz de freno…)
44.08 Altura del asiento ajustada para permitir al conductor alcanzar el suelo con los dos pies en posición sentado
45. Únicamente motocicletas con sidecar
50. Limitado a un vehículo/un número de chasis específico (número de identificación del vehículo, NIV)
51. Limitado a un vehículo/matrícula específicos (número de registro del vehículo, NRV)