Orientaciones para la Práctica de Diligencias por la Policía Judicial

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Í N D I C E
(Jurisdicción española)
1. Competencia de la jurisdicción española para conocer de las causas por delito.
(Víctima)
2. Información y protección a las víctimas.
(Información derechos detenido-investigado)
3. Detención e información de derechos.
4. Información de derechos al investigado no detenido.
(Materialización derechos)
5. Designación de letrado.
6. Notificación al familiar y a la oficina consular.
7. Reconocimiento médico.
8. Habeas corpus.
(Actividad investigadora)
9. Inspección técnico-ocular.
10.Entrada y registro.
11.Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.
12.Registros personales.
13.Reconocimiento fotográfico.
14.Reconocimiento en rueda.
15.Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.
16.Interceptación de las telecomunicaciones.
17.Intervención postal y telegráfica.
18.Circulación o entrega vigilada.
19.Recogida de efectos (cadena de custodia).
(Cierre atestado)
20.Diligencia de informe.
(Testigos)
21.Protección de testigos.
(Detención sui géneris)
22.La detención por aplicación del artículo 420 de la LeCrim.
(Traslado detenidos)
23.Traslado de detenidos.