CUESTIONES SOBRE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL. LA CONCURRENCIA DE LA AGRAVANTE DE REINCIDENCIA ENTRE LOS DELITOS DE LOS ARTÍCULOS 379 a 381 y 384 DEL CÓDIGO PENAL

Descargas disponibles:

ANTECEDENTES

1. Desde las Jornadas de Fiscales Delegados de 2012 está colectivamente planteada en la Red la cuestión, no resuelta en la Circular 10/2011, atinente a si concurre o no la agravante de reincidencia entre los delitos de los arts. 379-381 y 384 CP.

2. La Instrucción 1/2015 FGE “sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los Fiscales de Sala Coordinadores y los Fiscales de Sala Delegados” en sus págs. 16 y 17 y conclusión 3.2 y 3 permite al Fiscal de Sala Cooordinador en relación con las consultas que se le formulen, proponer un borrador al FGE de Circular, Consulta o Instrucción o bien elaborar un Dictamen con valor de orientación unificadora debidamente numerado, fijando su posición acerca de las cuestiones planteadas tras analizarlas jurídicamente a través de una rigurosa fundamentación. Dada la premura en abordar la cuestión es necesario ofrecer ya pautas o criterios en la actuación especializada del MF en esta materia, acudiendo a esta fórmula unificadora, aprovechando para desarrollar alguno de los criterios establecidos en la Circular sobre otros delitos.