FUNCION ADMINISTRATIVA DE LA POLICIA. BINOMIO POLICIA LOCAL-CIUDADANO.NORMAS DE ACTUACION.


     Funcion administrativa de la policia en general.- La admon esta legitimada para limitar coactivamente las actividades de los particulares, no solo por razones de orden publico, gozando para ello de medios excepcionales que pueden llegar incluso al empleo de la fuerza fisica.

Las medidas de policia existen para asegurar el orden publico, por lo que no pueden entrar en relaciones privadas, protegiendo tan solo intereses privados.

La policia debe utilizar el medio menos oneroso.

No puede favorecer a persona/s en concreto y debe actuar contra el perturbador del orden publico y no contra quien legalmente ejercita sus derechos.

La administracion tiene posibilitada la realizacion de limitaciones  como actos administrativos en el terreno de la policia, las formas son:

*Autorizaciones, prohibiciones que establece el ordenamiento juridico que pueden ser absolutas negando a un particular a actuar de un determinado modo o relativas, que permiten a la policia examinar circunstancias concurrentes y en su caso otorgar la correspondiente licencia o autorizacion.

*Mandatos y prohibiciones, obligaciones concretas para los ciudadanos o estados de sujecion,. El mandato es un requerimiento a un particular para que cumpla una obligacion o soporte una actuacion administrativa y suele ir acompañado de amenaza de sancion. La prohibicion es un mandato negativo mas frecuente que el anterior, qe es positivo, y deriva de una limitacion.  

    Funciones administrativas que se encomiendan a las FCSE.-

*Cuerpo nacional de policia: Expedicion de DNI y pasaportes, control de entrada y salida del territorio nacional, las previstas en la legislacion sobre extrangeria, vigilancia e inspeccion de la normativa en materia de juego, contropl de entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigacion de su personal, medios y actuaciones, y aquellas otras que les atribuya la legislacion vigente.

*Guardia civil: Las derivadas de la legislacion vigente sobre armas y explosivos, resguardo fiscal del estado y actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando, vigilancia de trafico, transito y transporte en vias interurbanas, custodia de vias de comunicacion terrestre, costas, fronterasm puertos y aeropuertos, conservacion de la naturaleza y medio ambiente y aquellas otras que le atribuya la legislacion vigente.

*Policias autonomicas: Velar por el cumplimiento de disposiciones y ordenes singulares dictadas por organos de las CCAA´s, inspeccion de actividades sometidas a la ordenacion de las CCAA´s, el uso de la coaccion en la ejecucion forzosa de actos o disposiciones de la propia CA.  Simultaneamente con otros cuerpos del estado, la cooperacion en la resolucion amistosa de los conflictos privados, prestacion de auxilio y conservacion de naturaleza y medio ambiente.

*Policias locales: ordenar, señalizar y dirigir el trafico en el casco urbano, instruir atestados por accidentes, prestacion de auxilio, cooperar en la resolucion de conflictos privados cuando sean requeridos para ello y policia administrativa.

Funciones de policia local como pol. administrativa en el derecho local autonomo:

Seran las correspondientes a la vigilancia de lo dispuesto en las ordenanzas municipales, los bandos de los alcaldes, asi como en los acuerdos de las corporaciones municipales y los decretos de las citadas autoridades. De entre estas encontramos: Cumplimiento de las ordenanzas municipales, cumplimiento de bandos, edictos que autoriza el alcalde sobre materiaa que son de su competencia, cumplimiento de acuerdos y actos.

Policia local como policia administrativa en leyes y disposiciones de caracter local: Vigilancia de licencias municipales,  vigilancia de licencias  y autorizaciones de ocupacion del dominio publico, vigilancia y comprobacion de licencias y autorizaciones para venta no sedentaria, control de servicio de transporte urbano, vigilancia de escolaridad y cooperacion a la representacion corporativa.

Policia local como policia administrativa en las leyes sectoriales: En materia de disciplina urbanistica, defensa de consumidores y usuarios, proteccion del medio ambiente, control de actividades calificadas, vigilancia de carreteras y control de horarios de establecimientos publicos.

     Binomio policia local-ciudadano, relacion y finalidad.- La constitucion española de 1978 establece que las FCSE tienen como mision la proteccion de los derechos fundamentales y libertades publicas, asi como la garantia de proteccion de los ciudadanos, y las policias locales en su actuacion, deberan estar en constante contacto con quienes son titulares de estos derechos y libertades, españoles y extranjeros, que vivan en territorio español.

Deberan tener en cuenta y respetar en todo caso la dignidad de la persona humana, los derechos inviolables que les son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad y el respeto a la ley y los derechos de los demas.

La proteccion general que debe orientar la actuacion de las FCSE hace en ciertas ocasiones decaer determinados derechos individuales, siendo el equilibrio entre libertad y seguridad un constante punto de referencia en el binomio policia ciudadano.

Debemos considerar a las policias locales como un servicio publico dirigido a la proteccion mediante la defensa del ordenamiento juridico. La LOFCSE dice “Los funcionarios de policia, materializan el eje de un dificil equilibrio de pesos y contrapesos, facultades y obligaciones, ya que deben proteger el derecho a la vida e integridad de las personas pero vienen obligados a usar armas, deben tratar corrrecta y esmeradamente a los miembros de la comunidad pero han de actuar con energia y decision cuando las circunstancias lo requieran.

La policia municipal y las relaciones humanas.- En al marco del cuerpo de policia municipal podemos definir las relaciones humanas como el conjunto de tecnicas que por un lado contribuyen a resolver las situaciones de conflicto que puedan surgir en la relacion policia ciudadano, y por otro a hacernos satisfactorias las relaciones que tienen lugar en el ambito interno de la institucion.

Este conjunto de tecnicas se articula en torno a unas areas basicas que son en esencia la respuesta a una serie de necesidades como son:  comunicarse eficazmente con las personas, motivarse a si mismo y a los demas, ejercer la responsabilidad de manera satisfactoria y comprender a los demas y tener en cuenta sus planteamientos.

La finalidad de las relaciones humanas para la policia municipal es conseguir que la interaccion policia ciudadano se realice con el minimo nivel de conflicto y el maximo de seguridad para el ciudadano, respetando al maximolos derechos e intereses del mismo que no se relacionen directamente con el motivo de la intervencion. Esta interaccion requiere, para ser eficaz en un estado democratico la consecucion de un clima de confianza y seguridad para la ciudadania, ya que las funciones del policia permiten un amplio poder discrecional, que debe ser utilizado para la promocion de la convivencia, del orden y de la justicia social y por tanto esta relacion debe tener por finalidad el respeto a las libertades y a la persona. La constitucion, en su capitulo dedicado a los derechos y deberes fundamentales y la ley organica de FCSE, en el articulo que define los principios basicos de actuacion, constituyen la garantia de que el trabajo policial no solo responde a criterios de profesionalidad y eficacia sino que ademas se desenvuelve bajo el control y la observancia de esas normas legales de entre las que destaca la consideracion de la policia como un servicio publico dedicado a la proteccion de la comunidad mediante la defensa del ordenamiento democratico.

Actitudes de convivencia profesional: -Conductas activas.- Adecuarse al ordenamiento juridico en el ejercicio de sus funciones; someterse en la actuacion profesional a los principios de jerarquia y subordinacion; observar trato correcto y esmerado en las relaciones con los ciudadanos; intervenir siempre en cualquier tiempo y lugar , estando o no de servicio en defensa de la legalidad y la seguridad ciudadana.

-Conductas privativas.- No realizar discriminacion de ningun tipo, sino actuar en el ejercicio de las funciones con absoluta neutralidad politica e imparcialidad; abstenerse de todo acto de corrupcion, oponiendose a el resueltamente y actuando con integridad y dignidad; no hacer uso indiscriminado de la fuerza sino ajustarse al hacerlo a los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad; incompatibilidad para el desempeño de cualquier actividad publica o privada salvo aquellas exceptuadas en la legislacion sobre incompatibilidades.

Normas que deben presidir la relacion del policia con el publico:

Debe tratar de adecuar su actuacion a las innumerables situaciones de interaccion con las que se encontrara en la calle, de tal manera que un ciudadano, despues de una relacion con la policiadebe salir con una sensacion mayor de estar protegido, sea el que fuere el nivel de interrelacion, para lo que se pueden tener en cuente las distintas pautas de comportamiento:

Interrelacion normal.- Como la peticion de informacion del ciudadano. La pauta debe ser de trato cordial, saludo, postura correcta, utilizacion del Vd, no fumar, y cuidar el tono de voz y los ademanes.

Interrelacion de auxilio.- Ademas de lo anterior, escuchar, conocer las causas del conflicto o problema, tranquilizar al ciudadano y garantizar la actuacion sobre las causas que han motivado la peticion de auxilio.

Interrelacion en situacion LEVE de CONFLICTO.- ej: infraccion a las normas de circulacion. Distanciamiento cortes, economia de palabras, gestos y ademanes, rapidez en la consecucion y formalizacion de los datos, y no herir nunca la sensibilidad del ciudadano con gestos o comentarios ironicos.

Interrelacion en SITUACION de CONFLICTO.- Se materializan niveles pequeños de agresion o situaciones tensas a nivel de grupo. Para actuar buscar distanciamiento sereno pero educado, firmeza y rapidez y sin exteriorizar gestos o palabras agresivas, no insultar ni contestar a insultos, controlar el propio espacio, tener la espalda protegida y no caer en situaciones de desventaja psicologica. En estos casos se actuara segun las normas de intervencion vigentes en el cuerpo.

La asamblea parlamentaria del consejo de europa aprobo en 1979 su declaracion sobre la policia que constituye el primer codigo deontologico policial, y posteriormente la asamblea general de las naciones unidas aprobo el codigo de conducta para los encarhgados de hacer cumplir la ley , con el que se limitaba a garantizar la proteccion de los derechos y libertades  de los ciudadanos y fijar las normas de actuacion policial. Dichos coddigos vieron la luz  en nuestro derecho en 1981 por una orden de escasa jerarquia como es una orden ministerial.

     Soportes eticos, normas de actuacion.- En la exposicion de motivos de  la LOFCSE se dice: “Siguiendo las lineas marcadas por el consejo de europa en su declaracion sobre la policia y la asamblea general de la onu en el codigo de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley , se establecen los principios basicos de actuacion como un autentico codigo deontologico, que vincula a los miembros de todos los colectivos policiales, imponiendo el respeto a la constitucion, el servicio permanente a la comunidad, la adecuacion entre fines y medios, como criterio orientativo de su actuacion, el secreto profesional y el respeto al honor y la dignidad de la persona,la subordinacion a la autoridad y la responsabilidad en el ejercicio de su funcion. Los principios basicos de actuacion son los ejes fundamentales en torno a los cuales gira el desarrollo de las funciones policiales, derivando a su vez de principios constitucionales mas generales como el de legalidad o adecuacion al ordenamiento juridico, o de caracteristicas estructurales como la de especial relevancia de los principios de jerarquia y subordinacion, que no eliminan, antes potencian, el principio de responsabilidad en los actos que llevan a cabo.

     Conceptos basicos de la intervencion policial.- Son aquel conjunto de actuaciones que realizan los agentes de policia para desarrollar las funciones que les encomiendan las leyes y reglamentos.

La IPO tiene su origen de cuatro formas distintas:

     A requerimiento de un ciudadano, directo (por la persona afectada) o indirecto (por otra persona).

     A requerimiento de otro miembro de las FCSE.

     Por orden de los mandos.

     Por propia iniciativa.

Hay tantos tipos de IPO como funciones tiene el cuerpo que desarrollar: pol administrativa, seg ciudadana, trafico, socorro de enfermos…

Situaciones policiales:

     Normal.- (cod. verde) Patrulleje diario sin ninguna situacion que pueda dar lugar a intervencion.

     Precaucion.- (cod. naranja) Indicios que conduzcan a pensar que se debe reforzar la vigilancia y rodearse de precauciones suplementarias.

     Alarma.- (cod. rojo) Peligro inmediato que ofrece la posibilidad de enfrentamiento que pueda conllevar incluso el uso del arma.

Funciones que desarrollan los policias en la intervencion:

a) Enlace (con base, otras patrullas…).

b) Proteccion (del que interviene).

c) Intervencion (la actuacion en si misma).

Generalmente a y b las desarrolla el mismo policia, y c la lleva a cabo el otro miembro de la pareja.