Para ingresar en el Cuerpo Nacional de Policía será necesario reunir los siguientes requisitos:
GENERALES:
(Consultar B.O.E. y publicación convocatorias.)
Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el B.O.E. número 118, de 18 de mayo.
- Ser español.
- Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30.
- Estatura mínima de 1,65(**) metros los hombres y 1,60 las mujeres. (*)
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
- No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Permiso de conducir de la clase que se determine en la respectiva convocatoria.
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ESPECÍFICOS:
Inspector
- Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o formación equivalente o superior.
Policía
- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria o formación equivalente o superior.
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: de conocimientos, de aptitud física, psicotécnica y reconocimiento médico.
Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán al Centro de Formación, donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera del Cuerpo Nacional de Policía.
* Publicado en el BOE número 56 de 7 de marzo de 2006 el Real Decreto 249/2006, de 3 de marzo, por el que se modifica el Artículo 7 párrafo c) del Reglamento vigente de procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía.
** Publicado en BOE número 81 de 4 de abril de 2007: 440/2007, de 3 de abril, por el que se modifica el Reglamento de procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995,de 21 de abril.
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