Una mujer ha sido juzgada por un supuesto delito de estafa cometida en internet y la Fiscalía ha pedido para esta, un año y seis meses de prisión además de una indemnización de 2.990 euros.
La mujer, que cooperaba con una banda de origen ucraniano, se la acusa de desviar dinero de cuentas de terceros hacia la suya. Según las informaciones publicadas, contactaron con ella vía email para ofrecerle un trabajo en el que su único cometido era recibir cantidades de dinero en su cuenta española, cobrarlas y remitirlas por medio de una empresa de correos al extranjero a cambio de una comisión.
Para la Fiscalía, no hay dudas en que el trabajo en realidad se trataba de un claro caso de phishing por parte de las personas ucranianas que ofrecían trabajo para ocultar las actividades delictivas. La banda obtenía los datos bancarias de las víctimas mediante un virus informático y se hacían pasar por ellos para realizar transferencias de dinero a la cuenta española. Ahí es donde participaba la mujer juzgada, en el envío posteriormente de cantidades en metálico a país extranjero a cambio de una comisión. El Fiscal sostiene que el único cometido de la cuenta era recibir las cantidades de dinero para posteriormente enviarlas a Ucrania
Los delitos de phishing se engloban dentro de los
delitos informáticos y se trata en definitiva de la obtención, de forma engañosa y fraudulenta de los datos bancarios de las víctimas con el objetivo de realizar operaciones suplantando la identidad de la víctima.
El artículo 248 del Código Penal, en el apartado 2, recoge que cometerán un delito de estafa los que, con ánimo de lucro y utilizando algún mecanismo informático, realicen una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro y está castigado con penas de prisión de seis meses a cuatro años según las circunstancias que rodeen la estafa.
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